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Por : Manuel Suárez

Condena impactante: Policía hallada culpable en el caso de Daiana Abregú

¿Te imaginas ser responsable de la seguridad y bienestar de alguien y fallar en esa única tarea? Esto es lo que sucedió en la comisaría de Laprida, donde Daiana Abregú encontró la muerte en circunstancias que siguen generando preguntas y controversia. Recientemente, un fallo judicial ha puesto una vez más en el foco a la responsabilidad policial y la eficacia de nuestro sistema de justicia. Te contamos los detalles de este caso que no solo pone en jaque a la institución policial sino que también expone las fallas del proceso judicial.

El inicio del juicio y los detalles del caso

Todo comenzó el 17 de marzo, cuando se inició el juicio oral y público por la muerte de Daiana Abregú en el Juzgado en lo Correccional 1 de Azul. La única acusada en llegar a juicio fue Vanesa Núñez, una agente de la Policía Bonaerense. Según el proceso, Núñez estaba a cargo de los calabozos durante la madrugada del 5 de junio de 2022, cuando supuestamente Daiana se suicidó sin que la agente percibiera ninguna anomalía.

– Inicio del juicio: 17 de marzo
– Acusada: Vanesa Núñez, agente de la Policía Bonaerense
– Fecha de los hechos: Madrugada del 5 de junio de 2022
– Cargo de Núñez: Responsable de los calabozos

Sentencia y controversia

El veredicto llegó el miércoles 1 de abril, concluyendo un juicio que se extendió por tres jornadas. La jueza Aníbal Alberto Álvarez sentenció a Núñez a dos años de prisión condicional y cuatro años de inhabilitación por incumplimiento de los deberes de funcionario público. A pesar de los antecedentes limpios de Núñez, esta sentencia ha sido vista como insuficiente por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), quienes argumentan que la agente debería haber sido condenada por homicidio culposo agravado.

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– Sentencia: Dos años de prisión condicional y cuatro años de inhabilitación
– Delito: Incumplimiento de los deberes de funcionario público
– Opinión de la CPM: Debería ser condenada por homicidio culposo agravado

La postura de la Comisión Provincial por la Memoria

La CPM ha sido crítica con el resultado del juicio, argumentando que Núñez, al estar encargada de la vigilancia de los calabozos, tenía la responsabilidad directa de cuidar la integridad física de Daiana. Según ellos, los argumentos de la defensa de que Núñez desconocía los requerimientos de su rol o que hizo lo que pudo dadas las circunstancias no son válidos. Además, destacan que Daiana estaba visiblemente angustiada y que incluso rompió el colchón, señales que debieron alertar a Núñez de la necesidad de asistencia médica y psicológica urgente para Abregú.

– Responsabilidad: Vigilancia y cuidado de Daiana Abregú
– Críticas: Defensa de Núñez y falta de acción adecuada
– Señales ignoradas: Angustia visible y colchón roto

Irregularidades y deficiencias en la investigación

La instrucción del caso no estuvo exenta de críticas. Se denunciaron múltiples irregularidades y dilaciones, como la delegación inicial de las diligencias en la misma Policía Bonaerense, algo expresamente prohibido. Asimismo, el fiscal de instrucción José Ignacio Calonje fue cuestionado por su mal manejo del caso, lo que incluyó la tardanza en promover medidas de prueba adecuadas y su intervención como fiscal de juicio solicitando solo un año de prisión condicional.

– Delegación indebida de diligencias: A cargo de la Policía Bonaerense
– Fiscal de instrucción: José Ignacio Calonje
– Críticas: Mala gestión del caso y solicitud de condena leve

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Este caso no solo revela las fallas en el cumplimiento de los deberes por parte de ciertos funcionarios sino que también pone de manifiesto las deficiencias de nuestro sistema de justicia, dejando un sabor amargo y muchas preguntas sin responder sobre la protección y los derechos de los ciudadanos bajo custodia policial.

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